Brasil

Fuente: Abrapp - Brasil

Fecha: Junio 2008

Luiz Marinho y Paulo Bernardo, ministros de Previsión Social y de Planificación, respectivamente, suscribieron el 2 de junio pasado el anteproyecto de ley para la nueva creación de la Superintendencia Nacional de Previsión Complementaria (PREVIC), que será enviado por el Presidente de la República al Congreso Nacional. La PREVIC será una institución autónoma de carácter especial, dotada de autonomía administrativa y financiera y vinculada con el Ministerio de Previsión Social. Sustituirá a la Secretaría de Previsión Complementaria (SPC) y consolidará uno de los compromisos del Ministro Luiz Marinho al asumir su cartera en marzo del año pasado.

La idea de la creación de un organismo de supervisión y fiscalización con la estructura de la PREVIC ha sido persistentemente apoyada por la ABRAPP. De hecho, el Presidente José de Souza Mendoza aludido en diversas oportunidades al tema recientemente. Para Mendona, un organismo del Estado sin carácter gubernamental dispondrá de mayor autonomía para diseñar y mantener políticas estables en horizontes temporales más amplios, así como para contar con mayor libertad presupuestaria y mejores recursos humanos y materiales para llevar a cabo su misión, y todo eso sin imponer cargas al sector público.

Ambos ministros justifican la creación de la PREVIC ante la complejidad y las dimensiones que está adquiriendo el sistema de previsión complementaria, en que las 367 entidades existentes acumulan un patrimonio superior a R$350 millones (US$222 millones), correspondiente al 17% del PIB de Brasil . Recuerdan nuevamente que el sistema cuenta con 2,5 millones de participantes, entre trabajadores activos y con asistencia, llegando a un total de cerca de 6,7 millones de personas. Por ese motivo, los dos ministros consideran necesario reforzar la estructura del Estado, especialmente en sus atribuciones fiscalizadoras.

En cuanto a la autonomía financiera, en el proyecto de ley de la nueva PREVIC se mantuvo la Tasa de Fiscalización y Control de la Previsión Complementaria (Tafia) que deben cobrar los fondos de pensiones fiscalizados por la misma. Las atribuciones de fiscalización, ejecución de la política de previsión complementaria y aplicación de multas a las entidades incluidas de previsión complementaria (EFPCs), así como la coordinación y la supervisión del régimen de previsión complementaria por parte de las EFPCs quedarán a cargo de la PREVIC, responsable de la protección de los intereses de los participantes y favorecidos de los planes de beneficios.

Ricardo Pena, secretario de la SPC, que es uno de los partidarios de la superintendencia, elogió la iniciativa, recordando que el trabajo ya hecho por la SPC será ahora consolidado con la creación de una estructura de supervisión, un organismo del Estado con la forma de la PREVIC, comprometida con políticas de largo plazo y con áreas técnicas propias, y que promueva un desarrollo del sistema de previsión complementaria.