BOLETIN FIAP
Boletín FIAP
PERU

La Superintendencia de Banca y Seguros (SBS) de Perú, actualizó la cifra del capital mínimo que aseguradoras y Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) deberán cumplir en el primer trimestre del 2004.
 

Para las aseguradoras, la norma dispone que aquellas que operen en un solo ramo tendrán que contar con un capital mínimo de 3.421.101 nuevos soles (1,02 millones de dólares aproximadamente). Para las AFP, el capital mínimo fijado por la SBS es de 984.737 nuevos soles (295.043 dólares aproximadamente).

Uno de los hechos destacados del Sistema Privado de Pensiones en el 2003 fua la buena rentabilidad obtenida por la inversión de los fondos de los afiliados a las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP), que se vio incrementado al superar el 24% anual.
 

Según información de la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS), al 26 de diciembre del 2003, las AFP habían invertido en títulos emitidos en el exterior 8,8% del fondo total que administran, es decir, poco más de 550 millones dólares.

La administración del Estado en lo que respecta al Sistema Nacional de Pensiones (SNP) siempre ha sido un tema de discusión debido a su complejidad y malos manejos. Dicha situación ha generado graves perjuicios a la mayoría de pensionados (salvo algunos beneficiados con leyes como la 20530), y al propio fisco, que le destina unos 4.000 millones de soles anuales de su presupuesto.
 
Consciente de lo anterior, el ministro de Economía y Finanzas (MEF), Jaime Quijandría, afirmó que la reforma del Estado debe empezar con la modificación del SNP. El viceministro Fernando Zavala fue más allá al adelantar las tres áreas en las cuales trabajará el MEF durante el presente año para lograr ese cometido:
 
1° Hay que mejorar el sistema de control y evaluación de los pensionados de la Ley 20530, a cargo de los diversos sectores del Estado, y de la Ley 19990, a cargo de la Oficina de Normalización Previsional (ONP).
 
2° En el futuro se buscará que una sola entidad se encargue de la administración de las pensiones a cargo del Estado.
 
3° En el mediano y largo plazo, el objetivo es hacer una reforma constitucional que le permita al MEF analizar determinadas pensiones del ámbito de la Ley 20530.
 
"Qué quede claro que no queremos afectar los derechos ganados por los trabajadores estatales. Lo que buscamos es revisar aquellos casos extremos en los que el aporte no guarda relación con la pensión que se recibe", concluyó el viceministro.
 
La abogada y ex asesora del MEF, Cecilia Blume, manifestó que es conveniente que una sola entidad maneje el sistema de pensiones para evitar la existencia de planillas fantasmas y el mal manejo de los recursos públicos. "La administración de las pensiones debe dejarse en manos de la ONP, pues esta sabe cómo pagar las pensiones y proteger los intereses del Estado", indicó.