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Para Javier Neves, Ministro de Trabajo, el tema del SPP y las pensiones en general debe tratarse “globalmente” e incluirse en el Acuerdo Nacional. En su opinión, algunas afiliaciones al SPP se hicieron sin ser meditadas suficientemente.
Un experto Laboralista, calificó esta iniciativa como “altamente irresponsable”, pues sólo afectaría al Fisco; debiendo revisarse la constitucionalidad del dictamen, pues los Congresistas no tienen iniciativa para crear ni aumentar el gasto público. Recordó que las Pensiones del Estado, Leyes 19990, 20530, se financian con recursos del presupuesto general y ya representan una carga muy pesada.
El Presidente de la Asociación de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones de Perú, Andrés Von Wedemeyer, se mostró en desacuerdo por la posibilidad de que el Congreso apruebe un proyecto que legaliza la desafiliación de los trabajadores inscritos en los Fondos de Pensiones Privados y les permite a estos su retorno al Sistema Nacional de Pensiones (SNP).
El dirigente dijo que si el proyecto se convierte en ley, el gran perjudicado será el Estado, que sólo tendrá tres alternativas para financiar esa propuesta: aumentar los impuestos, aumentar los aportes de los afiliados activos del SNP o reducir sustancialmente las pensiones de los jubilados en el SNP.
El Proyecto de Desafiliación del SPP, presentado por la Congresista Dora Nuñez del Frente Independiente Moralizador, fue aprobado por la Comisión de Seguridad Social del Congreso; se indicó que el Proyecto también tendrá que ser debatido por la Comisión de Economía del Congreso.
El Proyecto en debate señala que la AFP en la que se encuentre el trabajador que solicita desafiliarse deberá transferir, directamente a la ONP, los aportes obligatorios con los intereses generados en su Cuenta Individual de Capitalización. Asimismo, de ser el caso, deberá transferir el valor del Bono de Reconocimiento, en un plazo que no exceda los 10 días naturales de comunicado el Traslado.
También indica el Proyecto que la transferencia de Fondos no estará afecta a moras, multas ni intereses por parte de la ONP; sin embargo los trabajadores que decidan trasladarse del SPP a la ONP, deberán abonar la diferencia existente entre los aportes a un Sistema con relación al otro.