BOLETIN FIAP
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EL SALVADOR

 Los afiliados al Sistema de Ahorro de Pensiones (SAP) contarán con una nueva opción para recibir sus pensiones por vejez, una vez decidan retirarse de la vida laboral.
 
Al tradicional sistema de pago previsional – retiro programado – se le sumaría una nueva modalidad conocida como renta vitalicia, que está a la espera de la aprobación por parte del Ejecutivo.
 
A diferencia del retiro programado, que lo pagan las AFP, en la renta vitalicia quien se encarga del pago son las compañías de seguros. Cuando la persona decide pensionarse entrega los fondos acumulados en su cuenta individual en una AFP a la aseguradora, quien le ofrece al pensionado una mensualidad durante el resto de su vida, y cuando fallece, su cónyuge e hijos (hasta que cumplen 24 años) continúan recibiendo una pensión de sobrevivencia.
 
Por otra parte, la modalidad tradicional de retiro programado establece una pensión promedio mensual para el afiliado con base en lo acumulado en su cuenta y al salario cotizado. Con eso, la AFP paga la pensión hasta que los fondos individuales se agotan.
 
La decisión de qué modalidad de pensión adoptar, una vez que comience a regir la renta vitalicia, será indiscutiblemente personal.
 

Aunque la Superintendencia de Pensiones estará abierta para asesorar a las personas que tengan dudas sobre el tema, según el Superintendente de Pensiones, Enrique Sorto Campbell, “la decisión de cuándo y cómo retirarse es del trabajador, es una condición muy personal, no puede tomar una decisión que otro le está induciendo. Los dos productos llenan expectativas diferentes de sus condiciones particulares”.

Algunos salvadoreños que residen en el extranjero sueñan con regresar a su país, razón que los anima a afiliarse a una AFP y a cotizar mensualmente para gozar de una pensión en el futuro, señala Ruth de Solórzano, Directora Ejecutiva de ASAFONDOS.
 
Por esa razón la Superintendencia de Pensiones está en camino de formular un reglamento especial que permita que una mayor cantidad de Salvadoreños puedan cotizar como trabajadores independientes y que establezca un mecanismo para que puedan afiliarse y pagar sus cotizaciones en su país de residencia.
 
“La Superintendencia lo está trabajando en conjunto con el Ministerio de Relaciones Exteriores. Se está estudiando cómo sería, bajo qué condiciones”, explica Ruth de Solórzano. “El proyecto ya es antiguo, pero se va a concretizar en un corto plazo, en el primer semestre de este año”, dijo.
 
El reglamento permitiría, entre otras cosas, que los salvadoreños se afilien con carné de residentes, “si no tienen DUI o ya tienen el pasaporte vencido”, dice Ruth de Solórzano.
 

En definitiva, lo que se está estudiando es cómo recaudar desde el extranjero. Sin embargo, en la actualidad, el sistema cuenta con todas las condiciones y la apertura para que se afilien los salvadoreños residentes en cualquier país del mundo.

Para evitar que los empleadores no depositen las cotizaciones descontadas mensualmente a sus trabajadores en la AFP correspondiente, en el ISSS o en el INPEP, la ley se hace cada vez más dura. Antes, los evasores eran castigados sólo con multas; pero a partir del 27 de enero, comenzó a regir la reforma al artículo 245 del Código Penal, que estipula prisión para los que cometen el delito de apropiarse de los “fondos, contribuciones, cotizaciones o cuentas de trabajadores destinadas legalmente al Estado o instituciones de asistencia o seguridad social o sindical o no los ingrese en tales instituciones en el plazo determinado por la ley correspondiente”. La sanción será de dos a cuatro años de cárcel.
 
Según Víctor Ramírez, Intendente del Sistema de Pensiones Públicas, la lógica de la reforma es que los afiliados logren mejorar sus beneficios. “Más que controlar la evasión, se trata de mejorar la recaudación”, enfatiza.
 
La mora real acumulada en el sistema de pensiones, hasta el 23 de febrero de este año, superaba los 15 millones de dólares, según datos de las AFP. El fondo de pensiones, hasta el mes pasado, ascendía a unos 1,500 millones de dólares.
 
La recuperación de la mora pasa por varias etapas. La primera de ellas es el cobro administrativo, que lo realiza cada AFP, en un lapso de diez días. Si el deudor no la cancela, se informa a la Superintendencia de Pensiones, que interviene tratando de recuperar la mora, explica Ramírez.
 
Si aún así el empleador se resiste a pagar o simplemente no puede hacerlo, se pasa a cobro judicial, en manos de la Fiscalía y los tribunales correspondientes. En la actualidad, hay 25 expedientes abiertos de empleadores evasores.
 
Ramírez reconoce que la aplicación de la reforma es difícil, ya que para que un empleador vaya a prisión, "la Fiscalía debe demostrar que la persona se apropió de las cotizaciones" y eso lleva un largo proceso. La reforma debería contribuir a hacer más efectiva la recaudación.