BOLETIN FIAP
Boletín FIAP
UCRANIA

El 01 de julio de 2004, el Parlamento ucraniano aprobó dos leyes, que reforman la Ley de Ucrania en los referente a los impuestos corporativos y personales. El Presidente Kuchma firmó ambas leyes el 21 de julio de 2004.
 
Las disposiciones más importantes de estas leyes establecen las reglas para el tratamiento impositivo de los aportes a las pensiones en los fondos de pensión privados, compañías de seguros, y cuentas de depósitos bancarios para pensiones.
 
Con respecto a los impuestos a las corporaciones, en cada período, el empleador podrá incluir en sus gastos operacionales los aportes voluntarios al sistema privado de pensiones pagados desde su propio fondo en favor de sus empleados. El total de aportes no puede superar el 15% del salario anual bruto de cada empleado.
 
Estas enmiendas a la regulación impositiva otorga estímulos a los empleadores para pagar sus contribuciones al sistema de pensiones privado en favor de sus empleados.
 
En lo que se refiere a las enmiendas a los impuestos personales, la ley racionaliza el procedimiento para garantizar beneficios tributarios a los individuos que pagan sus propios aportes voluntarios para su pensión, o cuando un empleador o miembros de la familia realizan aportes en su beneficio.
 
La ley reformada especifica el mecanismo para obtener los beneficios tributarios. A fines de año, la persona presenta una declaración a la entidad estatal correspondiente para recibir la devolución del 15% de los aportes realizados para la pensión. Este monto será contrarrestado con cualquier necesidad de pago de impuesto por otros ingresos.