BOLETIN FIAP
Boletín FIAP
ESPAÑA

INVERCO
La próxima aprobación del Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones, actualmente en fase de tramitación, que desarrollará las últimas modificaciones introducidas en la Ley de Planes y Fondos de Pensiones, debe calificarse como muy positiva para la consolidación y desarrollo futuro de estos instrumentos de ahorro finalista a largo plazo en España.
 
Al respecto, no debe olvidarse que los Fondos de Pensiones representan el instrumento de ahorro a largo plazo más extendido y utilizado en el mundo, con una cifra de activos del orden de 11 billones de euros (alrededor de 1.800 billones de las antiguas pesetas). En España, el volumen de activos de los Fondos de Pensiones supera los 50.000 millones de euros con cerca de seis millones de partícipes.
 
El texto reglamentario introducirá importantes avances en la regulación de las inversiones aptas de los Fondos de Pensiones (Fondos de Inversión, entidades de capital-riesgo y activos no cotizados), siguiendo la línea del llamado “principio de hombre prudente”, junto con los criterios de dispersión mínimos y reflejado en la reciente Directiva 2003/41/EC, publicada el pasado 23 de julio, lo que redundará en la rentabilidad y seguridad futura de los partícipes y beneficiarios.
 
Adicionalmente, se reduce el plazo para la movilización en los Planes de Pensiones desde los quince días hábiles actuales a siete días, lo que, unido a la reciente puesta en marcha del intercambio de las movilizaciones a través del Sistema Nacional de Compensación Electrónica (SNCE), proceso en el que INVERCO está coordinando un Grupo de Trabajo durante los últimos quince meses, contribuirá a aumentar la transparencia y la confianza de los partícipes y beneficiarios en este producto.
 
Por último, y en relación con los Planes de Pensiones de Empleo, el futuro Reglamento desarrollará aspectos concretos respecto de la composición de las Comisiones de Control, ya previstos en la Ley, y abrirá la posibilidad de establecer políticas de inversión diferenciadas dentro de un mismo Plan de Pensiones de Empleo para permitir, siempre dentro de un ámbito de opciones de inversión reducidas, que los partícipes y los beneficiarios puedan adecuar de la forma más óptima posible sus inversiones a sus situaciones personales.
 
En conclusión, el nuevo Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones constituye un avance normativo significativo, que debería redundar muy positivamente en el desarrollo de estos sistemas de pensión complementaria en España.
10/12/2003