BOLETIN FIAP
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CHILE

Banco Central
El martes 16 de diciembre se publica en el Diario Oficial el acuerdo del Consejo del Banco Central de Chile que amplía, a contar del 1 de marzo de 2004, el límite de inversión en el exterior de los Fondos de Pensiones de 25% a 30%, máximo legal establecido en el D.L. Nº 3.500.
 
Al tomar esta decisión, el Consejo ha tomado en consideración que el aumento del límite máximo de inversión en el extranjero otorgará mayor flexibilidad a las AFPs para gestionar la inversión de los ahorros acumulados en el Sistema, ampliando las posibilidades de diversificación del riesgo, como también las combinaciones de rentabilidad esperada y riesgo. De esa forma, se facilita la consecución del objetivo fundamental del Sistema de Fondos de Pensiones, cual es la obtención de una adecuada rentabilidad y seguridad para los ahorros previsionales.
 
De acuerdo a la información de la Superintendencia de Administradoras de Fondos de Pensiones, al 30 de noviembre del año en curso el valor total de los Fondos de Pensiones alcanzaba al equivalente a US$46.863 millones y la inversión en el extranjero a US$10.992 millones, lo que representa un 23,5% del valor total de los activos del Sistema.
 
Cabe destacar que la mayor inversión de los Fondos en el exterior ha ido en paralelo con un aumento de sus operaciones de cobertura en el mercado cambiario. En la actualidad, cerca del 65% del total de inversiones en el exterior de los Fondos de Pensiones está asegurado respecto del riesgo de fluctuaciones en el tipo de cambio. Las regulaciones relativas a esta materia fueron establecidas en el mes de abril del año 2002, y en la actualidad los límites de inversiones en moneda extranjera sin cobertura cambiaria están en los máximos establecidos legalmente, de acuerdo a las facultades que el D.L. 3.500 le otorga al Banco Central de Chile.
15/12/2003