URUGUAY |
El Banco Central del Uruguay amplió el margen de inversiones para los Fondos de Pensiones en Instituciones Financieras al elevar el límite que había sido introducido en abril de 2005 y que había significado una fuerte restricción para canalizar recursos a dicho sector.
En abril, el Banco Central del Uruguay estableció un límite al total invertido por los Fondos Previsionales en instrumentos emitidos o garantizados por una misma institución de intermediación financiera en el 10% del valor del patrimonio del Banco.
El 29 de agosto pasado, el regulador publicó una nueva Circular (N° 1937) que sustituye a la del mes de abril. En ella, se aumenta el límite de inversión en instrumentos emitidos o garantizados por una institución de intermediación financiera (Certificados de Depósitos o Bonos) para las instituciones de mejor calificación de riesgo y cambia la base de aplicación del patrimonio de la institución a la responsabilidad patrimonial neta.
Sin embargo, a pesar de esta circular, los límites siguen siendo bajos en relación al resto de Sudamérica e incluso impiden a alguna AFAP optimizar el límite legal previsto para instituciones financieras de 30% del FAP, ya que el monto máximo que podría invertir sería de 16%. Por otra parte, los fondos siguen creciendo lo que llevará a que todas las AFAP se encuentren en esta situación en el mediano plazo.