BOLETIN FIAP
Boletín FIAP
COSTA RICA

Próximamente, si una operadora de pensiones complementaria (OPC) no entrega los estados de cuenta a sus afiliados, comercializa planes sin autorización o invierte recursos en títulos no autorizados puede exponerse a fuertes sanciones de la Superintendencia de Pensiones (Supen).
 
La Supen y el Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero (Conassif) elaboraron un proyecto de ley que amplía y endurece el régimen de sanciones a las OPC, el cual no fue consultado con la operadoras, por no tratarse de normativa sino de una iniciativa de ley.
 
El plan -que modifica la Ley del Régimen Privado de Pensiones Complementarias y la Ley de Protección al Trabajador- amplía y clarifica el tipo de delitos, e incluye algunos que no estaban en esas normas, según comentó Javier Cascante, titular de la Supen.
 
También, el proyecto elimina la infracciones leves, cuya sanción se limitaba principalmente a una amonestación privada a la operadora.
 
Además, crea un mecanismo de sanción por "mera constatación" para los incumplimientos en materia de remisión de información y de los límites de inversión.
 
Eso significa que si mediante una simple verificación de los registros, se logra detectar la falta, el Superintendente podrá aplicar una sanción sin seguir el proceso administrativo.