Andorra

Aprueban ley que reforma el sistema de pensiones público de reparto
Fuente: www.ssa.gov
Fecha: Agosto de 2013

El 16 de julio de 2013 el gabinete aprobó una serie de cambios (que serán implementados a contar del 1 de enero de 2014) al sistema público de reparto de este país, con el fin de ayudarlo a ser financieramente sostenible. De acuerdo al gobierno, de no hacerse modificaciones, el sistema pensional entraría en déficit desde el 2017.

Como ocurre actualmente (y sucederá hasta el 31 de diciembre de 2013):

i) Los trabajadores pueden elegir entre 3 niveles de tasas de cotización para la pensión de vejez: 2,5%; 5%; ó 7% del salario bruto (para los beneficios de invalidez, sobrevivencia, enfermedad, maternidad y accidentes del trabajo, la contribución es del 3% del salario bruto).
ii) Los empleadores cotizan el 7,5% del salario bruto del trabajador para la pensión de vejez, y un 7% para los otros beneficios (no hay contribución estatal).
iii) La pensión de vejez completa se paga a los 65 años de edad con un mínimo de 40 años de cotizaciones (la pensión reducida aplica  con al menos 13 años de cotizaciones).

iv) El retiro anticipado se permite desde los 58 años de edad con 40 años de cotizaciones, y el retiro diferido se permite hasta los 72 años de edad.

La ley estipula los siguientes cambios:

i) Tasas de cotización: los trabajadores ya no tendrán la opción de elegir el nivel de tasa de cotización. La tasa de cotización para pensión de vejez se incrementará en 1 punto porcentual para el trabajador (a 3,5%) y el empleador (a 8,5%); mientras que la contribución para el financiamiento del resto de los beneficios se reducirá en 1 punto porcentual para el trabajador (a 2%) y para el empleador (a 6%).
ii) Condiciones de elegibilidad: el número mínimo de años de cotización aumentará de 13 a 15 años; se abolirá la edad límite para obtener una pensión diferida; y la edad para el retiro anticipado se incrementará hasta los 61.
iii) Niveles de beneficios: se reducirán las pensiones que sean mayores al 150% del salario mínimo mensual (aprox. EUR 1.443 ó USD 1.914), y también se eliminará la pensión complementaria para el cónyuge.
iv) Garantía estatal: se introducirá una garantía estatal de pensión mínima equivalente al salario mínimo mensual (EUR 962 ó USD 1.276). El gobierno también (según la ley), deberá mantener un balance mínimo de EUR 890 millones (aprox. USD 1.182 billones) en el fondo de reserva para pensiones.
v) Indexación: los beneficios serán ajustados de acuerdo a una combinación de los cambios en el índice de precios al consumidor, los salarios y un factor de sostenibilidad (razón entre cotizantes y pensionados).
vi) Pensión no contributiva: el gobierno creará un programa de pensiones no contributivas para las personas que hayan vivido en Andorra por al menos 10 años y no tengan derecho a algún tipo de pensión contributiva