Kazajstán

1. Banco Nacional limita las inversiones de los fondos de pensiones del segundo pilar segundo pilar de cuentas individuales

Fuente: www.ipe.com
Fecha: 4 de febrero de 2013

El Banco Nacional de Kazajstán (NBK) emitió una restricción temporal a las clases de activos en las que los fondos de pensiones obligatorios del segundo pilar pueden invertir.

La noticia llegó después de la instrucción del presidente de la nación, Nursultan Nazarbayev, para el gobierno y el NBK, de fusionar las 11 administradoras de fondos de pensiones en una sola entidad.

Para la preparación de la fusión, las inversiones de las carteras de los dos Multifondos "moderado" y "conservador" se han limitado a títulos estatales de Kazjastán, Repos en reversa y oro fino. Anteriormente, estos fondos tenían un alcance mucho más amplio de los activos permitidos.

Las carteras moderadas podrían invertir, dentro de los límites predefinidos, en el NBK y en el segundo nivel de los depósitos bancarios, en notas protegidas del principal, en deuda soberana extranjera, en deuda extranjera con grado de inversión y en deuda de organismos no gubernamentales de Kazajstán, en bonos hipotecarios, en acciones locales y extranjeras y en certificados de depósito, en fondos mutuos y fondos inmobiliarios cotizados en la Bolsa de Kazajstán, y en metales preciosos y sus derivados.

Las carteras conservadoras tendrían un alcance más restrictivo, incluida la prohibición de las acciones, pero podrían invertir, por ejemplo, en depósitos.

2. Banco Nacional de Kazajstán administrará el fondo único de pensiones del país

Fuente: www.ipe.com
Fecha: 25 de febrero de 2013

El Banco Nacional de Kazajstán  (NBK) y el gobierno ha cumplido un mes de plazo desde que el presidente de la nación, Nursultan Nazarbayev, diera instrucciones a fines de enero de 2013 para consolidar a las 11 administradoras de fondos de pensiones (10 privadas y una de propiedad estatal)  en una sola entidad, llamada ENPF.

El Presidente del NBK, Grigory  Marchenko, indicó que el NBK gestionará el nuevo fondo único de pensiones, mientras que el gobierno será el propietario legal de éste.

A las administradoras de fondos de pensiones existentes se les ha dado tres opciones: (i) convertirse en las sociedades de gestión, prestando servicios de gestión de activos para la ENPF; (ii) centrarse por completo al tercer pilar de fondos de pensiones voluntarios, no afectado por la propuesta del presidente de la nación; ó (iii) o vender sus títulos y entrar en liquidación voluntaria.

Independientemente de la elección de las administradoras de fondos de pensiones,  los 8,4 millones de afiliados al segundo pilar de cuentas de capitalización individual verán que sus cuentas individuales y los datos relevantes serán transferidos a la ENPF.

Si bien la normativa aún debe ser desarrollada, el Viceprimer Ministro Kairat Kelimbetov señaló que la administradora de fondos de pensiones cuya propiedad es 100% estatal (GNPF), formaría el nexo de la consolidación. Así, la ENPF se establecería en las actuales instalaciones de la GNPF.

La tasa de contribución actual al segundo pilar de cuentas individuales (10% del salario bruto), se mantendría sin cambios, al igual que la garantía del Estado.

Bajo el nuevo sistema, la estrategia de inversión de la ENPF será determinada por un consejo de inversión compuesto por dos miembros del gobierno, dos del NBK, dos del mercado de las pensiones, y tres directores independientes. Esta estructura, de acuerdo con Marchenko, asegurará que las autoridades estatales no tengan mayoría en el consejo, y que los activos del fondo no sean utilizados para el  financiar un déficit presupuestario o financiar proyectos estatales.

Sin embargo, el nuevo fondo podrá invertir en proyectos de infraestructura que cumplan con los criterios del consejo.

La movilización de los activos de pensiones hacia infraestructura, incluyendo su participación en las todavía subdesarrolladas asociaciones público-privadas del país, ha sido objetivo de largo aliento del presidente Nazarbayev.

Las autoridades esperan que el nuevo sistema comience a operar a contar del 1 de julio de 2013. Los cambios propuestos, que requieren enmiendas a las 22 leyes existentes, deben  ser aprobados por el Congreso, donde el presidente goza de mayoría parlamentaria.