Perú |
1. Más del 11% de las inversiones de la cartera administrada por el Sistema Privado de Pensiones se destina a infraestructura
Fuente: www.asociacionafp.com.pe
Fecha: 16 de diciembre de 2010
De acuerdo con las cifras publicadas por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), a noviembre de 2010, el fondo administrado por el Sistema Privado de Pensiones (SPP) alcanza los PEN 84.369 millones (aprox. USD 30.132 millones), destacando que el 11,3% está invertido en actividades de largo plazo que dinamizan la economía peruana.
Es así que PEN 9.533 millones (aprox. USD 3.405 millones), correspondientes a las inversiones de la cartera administrada por el SPP, se han destinado a financiar empresas del sector infraestructura: energía (6,79%), telecomunicaciones (2,05%), infraestructura de transporte (2,35%) y agua (0,11%).
Es más, a través del financiamiento que el SPP facilita al Gobierno y a las entidades financieras, también se financian (indirectamente) importantes proyectos de inversión en infraestructura en el territorio nacional, mientras que la recaudación del sistema nacional de pensiones se destina a financiar gasto corriente.
La inversión en infraestructura se traduce en financiamiento para proyectos de construcción de carreteras, puertos, aeropuertos y redes de distribución de electricidad y gas, saneamiento, etcétera, que contribuyen a cerrar la brecha existente y atraso en infraestructura que tiene el país. El Sistema Privado de Pensiones seguirá apoyando el desarrollo de infraestructura, añadió Pedro Flecha, Presidente de la Asociación de AFP. Al respecto, las inversiones realizadas con los aportes de los afiliados al Sistema Privado de Pensiones han permitido financiar proyectos que conducen al desarrollo del país como las carreteras interoceánicas (IIRSAs), el trasvase del río Olmos, la hidroeléctrica de Yuncán y el proyecto Camisea, entre otros.
2. Pensiones de jubilación del SPP son 68% mayores que las del sistema nacional
Fuente: www.asociacionafp.com.pe
Fecha: 20 de diciembre de 2010
De acuerdo al Estudio Importancia del desarrollo del Sistema Privado de Pensiones en el Perú, elaborado por Apoyo Consultoría, el Sistema Privado de Pensiones (SPP) se autosostiene, ya que son los propios individuos afiliados quienes financian su propia pensión. Por otro lado, el Sistema Nacional de Pensiones (SNP), al ser un sistema de reparto, depende de los aportes de los afiliados activos, los cuales no cubren el monto que se debe entregar a los pensionistas. Al ser este monto insuficiente, el Estado ha destinado una parte de sus recursos el dinero de todos los peruanos- para este propósito.
Por ejemplo, en una pensión promedio del SNP, alrededor de PEN 548 (aprox. USD 196, dato del 2008), el Estado paga la mayor parte (PEN 346 o aprox. USD 124), es decir el 63%.
En los últimos 10 años, el Estado destinó casi el 7% de sus ingresos en promedio al pago de pensiones del SNP. En el 2008, este monto significó que cada persona económicamente activa (miembro de la PEA) haya contribuido en más de PEN 200 (aprox. USD 71) para el pago de las pensiones de los jubilados del SNP.
Actualmente, la pensión de jubilación promedio en el SPP es de PEN 928 (aprox. USD 331), 68% más elevada que la del Sistema Nacional. Los afiliados a las AFP construyen su pensión con sus aportes y la rentabilidad que genera el manejo profesional de las inversiones de la cartera de fondos por parte de las AFP, señaló Pedro Flecha, Presidente de la Asociación de AFP.
El Gobierno peruano destina anualmente una suma equivalente al 1% del PIB al pago de pensiones. En caso siga incrementándose el número de afiliados del SNP, existe el riesgo de que el gasto de gobierno, destinado al pago de pensiones, se incremente con el tiempo y se torne inmanejable, tal como está sucediendo en algunos países europeos como España (9% del PIB) o Italia (14% del PIB).
3. SBS aprueba nuevas tablas de mortalidad
Fuente: www.contadoresyempresas.com.pe
Fecha: 28 de diciembre de 2010
Mediante la Resolución SBS N° 17728-2010 (ver acá), de fecha 28 de marzo de 2010, la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS) aprobó las nuevas tablas de mortalidad (ver acá) que deben utilizar, a contar del 29 de diciembre de 2010, las compañías de seguros al otorgar rentas vitalicias provenientes del Sistema Privado de Pensiones (SPP) y del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR), así como las AFP para el caso de retiro programado. De esa forma se dispuso el uso obligatorio de dichas tablas que se encuentran en el Anexo de la resolución comentada. Las tablas mencionadas son:
RV-2004 Modificada Ajustada (hombres y mujeres) tratándose de pensionistas por jubilación y jubilación anticipada en reemplazo de las actuales tablas de mortalidad RV-2004 Modificadas.
B-85 Ajustada (hombres y mujeres) tratándose de pensionistas por invalidez parcial y beneficiarios en reemplazo de las actuales tablas de mortalidad B-85 (hombres y mujeres).
Asimismo, entre otros aspectos se establecen condiciones para la contratación de pensiones bajo la modalidad de retiro programado.
4. Perú promulga ley que permitiría integración bursátil con Chile y Colombia
Fuente: http://dario.elmercurio.com
Fecha: 30 de diciembre de 2010
El Presidente de Perú, Alan García, promulgó la ley que permitirá la integración de la Bolsa de de Valores de Lima con las plazas de Chile y Colombia, a través del Mercado Integrado Latinoamericano (MILA). "La integración de las bolsas de valores es un paso sólido para la integración económica verdadera y profunda de nuestras economías", dijo García.
Mientras tanto, la Comisión Permanente del Congreso del Perú aprobó por mayoría, la ley que modifica el Impuesto a la Renta lo cual facilitará la unificación de la Bolsa de Valores de Lima con sus similares de Chile y Colombia. La reforma consistió en homologar las condiciones tributarias existentes en ese país sobre las ganancias de capital con las que rigen en otros estados de América Latina. De tal manera, el proyecto establece que las ganancias de capital provenientes de la enajenación de valores estarán sujetas a una retención del 5%.
5. Los fondos administrados por las AFP lograron una rentabilidad promedio de 21,25% en el 2010
Fuente: www.asociacionafp.com.pe
Fecha: 18 de enero de 2011
Los aportes de los afiliados a las AFP se beneficiaron con un alto nivel de rentabilidad durante el 2010, el cual llegó a un promedio de 21.25% entre los tres tipos de fondos administrados por el Sistema Privado de Pensiones (SPP).
Rentabilidad por tipo de Fondo:
Fondo 1, el más conservador: 8,39%,
Fondo 2, de mediano riesgo: 18,84%,
Fondo 3, el de mayor riesgo: 36,23%.
Estos resultados se deben a los buenos fundamentos de la economía peruana y a las inversiones que hicieron las AFP en empresas muy sólidas, que garantizan sostenibilidad en el tiempo.
El Sistema Privado de Pensiones (SPP) representa un impacto acumulado de USD 10.613 millones en la actividad económica adicional. Las AFP incrementan el ahorro y, por ende, según la elasticidad del país, también la inversión. Es por esto, que es de vital importancia continuar fomentando las inversiones que permitirán un desarrollo sostenido del país tanto en el factor económico y social.
6. AFP precisan que incremento de comisión por seguros representa impacto marginal de sólo 0,03% a 0,21%
Fuente: www.andina.com.pe
Fecha: 18 de enero de 2011
La Asociación de Administradoras Privadas de Pensiones (AAFP) señaló que el incremento de la comisión por el seguro de invalidez, sobrevivencia y gastos de sepelio, representa un impacto marginal en el descuento que se le hace al afiliado de entre 0,03 y 0,21 por ciento.
Precisó que esto depende de cada remuneración y responde a la Nueva Tabla de Mortalidad publicada por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) el 28 de diciembre de 2010, y que obligatoriamente deben aplicar las compañías de seguros.
Refirió que existen 48.573 pensionistas de AFP por invalidez y sobrevivencia que reciben sus beneficios. Explicó que esta publicación coincidió con los concursos convocados por dos AFP para la contratación del seguro a favor de sus afiliados, derivando ello en la modificación en las tasas a cobrar.
Esta modificación en las tasas que cobran las compañías de seguros representará un impacto marginal para el afiliado, según la remuneración, con un tope de cálculo de PEN 7.474 (aprox. USD 2.669), que es la máxima remuneración asegurada, subrayó.
El objetivo del seguro de invalidez, sobrevivencia y gastos de sepelio es proteger al afiliado durante el proceso de acumulación de capital hasta llegar a la edad de jubilar. En caso de invalidez con una pensión vitalicia de invalidez, y en caso de fallecimiento proteger a su cónyuge, hijos y padres con una pensión de sobrevivencia de acuerdo a ley.
El seguro lo brindan las compañías de seguros y para su contratación las AFP deben convocar concursos anuales en los que las aseguradoras fijan las tasas a ser aplicadas. Las AFP son el canal a través del cual se contrata el seguro y las primas cobradas a cada afiliado, según su remuneración, es trasladada íntegramente a la compañía de seguros con la que esté contratado el seguro.
7. Sistema privado de pensiones ha pagado más de PEN 4.500 millones (aprox. USD 1.607 millones) en pensiones
Fuente: www.andina.com.pe
Fecha: 1 de febrero de 2011
Las cuatro Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) han pagado a sus afiliados más de PEN 4.500 millones (aprox. USD 1.607 millones) en pensiones en los últimos diez años, desde 2001, en favor de casi 100 mil trabajadores y sus beneficiarios, informó la Asociación de AFP (AAFP). Esto sin considerar las sumas pagadas por monto excedente de pensión, manifestó.
Dijo que la cifra evidencia el éxito del Sistema Privado de Pensiones (SPP), que año a año genera mayor rentabilidad para las cuentas personales de ahorro previsional de los trabajadores peruanos y, por ende, mayores pensiones futuras para los afiliados.
En la actualidad, según Apoyo Consultoría, la pensión de jubilación promedio en el SPP es de 928 soles, un 70 por ciento más elevada que la del Sistema Nacional de Pensiones (SNP).
A diferencia del sistema nacional, en el SPP son los propios afiliados de las AFP quienes construyen su pensión a través de sus aportes, y la rentabilidad que genera la gestión de las AFP.
Con el objetivo de seguir beneficiando a más peruanos, las AFP trabajan por ampliar su cobertura y, de esta manera, crecer junto con sus afiliados y continuar invirtiendo en Perú.
8. Poder Ejecutivo envió proyecto al Congreso para elevar límite de inversión de AFP en el exterior a 50%
Fuente: www.andina.com.pe
Fecha: 23 de febrero de 2011
El Poder Ejecutivo envió al Congreso de la República un proyecto de ley que plantea elevar de 30 a 50 por ciento el límite legal de las inversiones que pueden realizar las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) en el exterior.
Según la exposición de motivos del proyecto, desde hace más de cuatro años las AFP han venido incrementando su inversión en el exterior en forma gradual y sostenida, y al 30 de septiembre de 2010, la inversión en el exterior de las AFP llegó a más del 26 por ciento del portafolio y se ubicó cerca del límite de 30 por ciento.
Añade que elevar el límite de inversiones en el exterior de las AFP de 30 a 50 por ciento es una alternativa recomendable para reducir el impacto negativo del incremento de capitales de corto plazo.
Dicho incremento contribuiría a diversificar y a ampliar las alternativas de inversión de las AFP, mejorar la administración de su portafolio y otorgar una mayor posibilidad de diversificación de riesgos.
Al respecto, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) señaló que la mayor apertura al mercado externo permitirá a las AFP invertir los recursos de los fondos de pensiones en instrumentos con bajas correlaciones al mercado peruano, reduciendo el riesgo de los portafolios de inversión.
Asimismo, las carteras administradas podrían ser invertidas en nuevas alternativas de inversión que mejoren los rendimientos del portafolio de acuerdo al nivel de riesgo de cada tipo de fondo.
La futura integración de las bolsas de valores de Perú, Chile y Colombia permitirá buscar nuevas oportunidades de inversión para los fondos de pensiones por lo que se requiere incrementar el límite para facilitar la inversión en estas plazas, señaló.
Además, consideró que la implementación del sistema de administración de fondos múltiples (multifondos) requiere el necesario incremento del límite de inversiones en el exterior para que sea viable, de forma tal que cada uno de los fondos esté claramente diferenciado de acuerdo a las variables rentabilidad y riesgo.
El Poder Ejecutivo refirió que el proyecto de ley no implica el uso adicional de recursos fiscales y, por el contrario, permitirá impulsar el desarrollo y la diversificación de las inversiones de los fondos de pensiones que administran las AFP.
También dice que la propuesta mantiene la facultad del Banco Central de Reserva (BCR) para establecer los límites operativos de tal forma que pueda haber un incremento gradual de la inversión en el exterior y acorde con la situación macroeconómica de Perú.
9. Nuevas disposiciones para las modalidades de pensión en el Sistema Privado de Pensiones
Fuente: www.lapositivavida.com.pe
Fecha: Marzo de 2011
El 15 de diciembre del 2010 se publicó en el Diario El Peruano la Resolución SBS N° 17079-2010 (ver acá) que incorpora modificaciones al sistema de jubilación para afiliados al Sistema Privado de Pensiones (SPP), que entraron en vigencia a partir del 18 de marzo de 2011.
Según la nueva resolución, las modalidades de pensión que se modifican son las siguientes:: (i) Renta Vitalicia Familiar Inmediata; (ii) Renta Temporal con Renta Vitalicia Diferida; (iii) Renta Mixta; y (iv) Renta Bimoneda.
La Renta Vitalicia Familiar Inmediata es la modalidad de pensión por la cual se transfiere el íntegro de la Cuenta Individual de Capitalización (CIC) del afiliado desde su AFP a la Compañía de Seguros de Vida (CSV), como prima única, recibiendo a cambio una pensión mensual durante toda la vida del afiliado. En caso de que falleciera del afiliado titular, la CSV pagará una pensión mensual de sobrevivencia a quienes sean considerados beneficiarios, de acuerdo a los porcentajes establecidos en las normas correspondientes. A partir del 18 de marzo de 2011, la renta vitalicia puede ser entregada, a elección del afiliado titular, en Nuevos Soles Indexados o Ajustados, y en Dólares de los Estados Unidos de América Ajustados. Las pensiones en Soles Indexados serán actualizadas trimestralmente por el factor del Índice de Precios al Consumidor (IPC); y en el caso de las pensiones ajustadas en Soles y Dólares, se aplicará una tasa de ajuste del dos por ciento (2%) anual.
La Renta Temporal con Renta Vitalicia Diferida es la modalidad que combina las modalidades de Retiro Programado y de Renta Vitalicia Familiar; por lo tanto, el fondo de pensión se divide en dos partes, una que permanece en la CIC del afiliado a cargo de la AFP para el pago de mensualidades de la renta temporal (siempre en soles) y el saldo se traslada a las aseguradoras para que luego de transcurrido el período de renta temporal, se otorguen las pensiones respectivas. A partir del 18 de marzo de 2011, la Renta Temporal podrá ser sólo de 1 o 2 años como máximo. El saldo constituye la prima única para que la CSV otorgue una Renta Vitalicia una vez concluida la Renta Temporal, siendo el rango para Renta Vitalicia Diferida del 50%. Esta renta puede ser en nuevos soles indexados, en cuyo caso se actualizará trimestralmente por el factor del Índice de Precios al Consumidor (IPC); y en el caso de pensiones ajustadas en Soles o en Dólares, se aplicará una tasa fija anual.
Para la modalidad de Renta Mixta, que consiste en recibir pensiones tanto de a AFP como de la CSV en simultáneo, y Renta Vitalicia Bimoneda, que consiste en recibir pensiones en soles y en dólares por CSV, en simultáneo, la SBS ha determinado las siguientes reglas de distribución del capital (Ver Circular N° AFP 115-2010 acá):
a) Renta Mixta
50% a cargo de la AFP
Pago en Soles. Anualmente se realiza un recálculo, hasta que la cuenta se extinga.
Genera pensión de sobrevivencia.
50% a cargo de la CSV
Pago en Dólares Ajustados a una tasa del 2% anual.
Genera Pensión de sobrevivencia
Sólo podrán acogerse a esta modalidad los afiliados que en el proceso de cotizaciones, puedan obtener en la Renta Vitalicia Inmediata en Dólares Ajustados el equivalente, cuando menos, al valor de la Pensión Mínima que garantiza el Estado a los afiliados del SPP (PEN 485, aprox. USD 173).
b) Renta Bimoneda
El afiliado contrata con la CSV, dos Rentas Vitalicias en forma simultánea, una en Nuevos Soles Ajustados y la otra en Dólares Americanos Ajustados. Al igual que en la Renta Mixta, la única opción de partición es 50%:
Pago en Dólares Ajustados a una tasa del 2% anual.
Pensión de sobrevivencia.
10. Administración del sistema de pensiones de las Micro y Pequeñas Empresas será licitada
Fuente: www.andina.com.pe
Fecha: 31 de marzo de 2011
El ministro de la Producción, Jorge Villasante, anunció que la administración del sistema de pensiones para los trabajadores que laboran en las Micro y Pequeñas Empresas (MYPES) será licitada y el ganador se encargará del pago de las pensiones de los trabajadores de este sector.
Agregó que aún no se ha definido las características que tendrá la entidad encargada de dicha administración. Debido al volumen de trabajadores que accederán al sistema, este no podrá ser administrado por una Administradora de Fondos de Pensiones (AFP), explicó.
Recordó que el sistema contará con el aporte del 50% del Estado, como un fondo de subsidio en beneficio del trabajador de ese sector.
Señaló que el fondo social de pensiones tendrá una lógica distinta a las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) y a la Oficina de Normalización Previsional (ONP).
Se está avanzando en el tema y el Ministerio de la Producción ha recibido los avances formulados por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) y ratificamos como gobierno que en mayo este sistema deberá estar totalmente definido, declaró.
Según la nueva Ley de Promoción de la Competitividad, Formalización y Desarrollo de la MYPE y del Acceso al Empleo Decente (Ley MYPE), estas empresas podrán elegir el régimen laboral especial, que implica el pago de salarios y beneficios sociales de acuerdo con el tamaño de la empresa. También podrán elegir un sistema de salud y pensiones que será subsidiado por el Estado, mediante el Servicio Integral de Salud (SIS), entre otros puntos.
De acuerdo con el Ministerio de la Producción, las MYPES inscritas en el Registro Nacional de la Micro y Pequeña Empresa (REMYPE) sumarían 150 mil al finalizar el primer semestre del 2011, teniendo en cuenta que durante el año pasado superaron las 100 mil.
11. Asociación de AFP de Perú elige a nueva directiva
Fuente: Asociación de AFP de Perú
Fecha: Abril de 2011
La Asociación de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (AAFP) puso en conocimiento público que, en la última Asamblea General Ordinaria de Asociados, se eligieron a los integrantes del nuevo Consejo Directivo para el periodo abril 2011 - marzo 2012.
En consecuencia el Consejo Directivo de la Asociación de AFP, a partir del 1 de abril de 2011, queda conformado de la siguiente manera:
Dra. Beatriz Merino Lucero Presidente
Sra. María Jesús Hume Hurtado Vicepresidente
Sr. Eduardo de Fuentes Corripio Director
Sr. Walter Bayly Llona Director
Sr. Carlos Gonzáles Taboada Director