Se aumentan los Límites de Inversión de las AFP en el exterior: Chile a un 80% y Perú a un 30%

Fuente: FIAP en base a www.bcentral.cl y www.bcrp.gob.pe
Fecha: Noviembre de 2010

El Consejo del Banco Central de Chile acordó en sesión realizada el 4 de noviembre de 2010 ampliar el límite global máximo de inversión en el exterior de los Fondos de Pensiones desde un 60% hasta 80%, de acuerdo a sus atribuciones conferidas en la ley Nº 20.255, publicada en el Diario Oficial del 17 de marzo del 2008, que modificó el D.L. 3.500 de 1980.

Asimismo, el Consejo decidió ampliar el límite máximo de inversión en el exterior por Tipo de Fondo, en 100% para el Fondo Tipo A, en 90% para el Fondo Tipo B, en 75% para el Fondo Tipo C, en 45% para eL Fondo Tipo D y en 35% para el Fondo Tipo D.

Al respecto, y consistente con las decisiones tomadas sobre la materia en ocasiones previas, la ampliación de estos límites se efectuará gradualmente, conforme al siguiente calendario:

Límite máximo de inversión en el exterior correspondiente a la suma de los Fondos de
Pensiones Tipos A, B, C, D y E de una misma Administradora:

1 de diciembre de 2010

65%

1 de marzo de 2011

70%

1 de junio de 2011

75%

1 de septiembre de 2011

80%

 

Límite máximo de inversión en el exterior para cada Tipo de Fondo:

 

Tipo de Fondo

A

B

C

D

E

1 de diciembre 2010

85%

75%

65%

35%

30%

1 de marzo de 2011

90%

809%

70%

40%

35%

1 de junio de 2011

95%

85%

75%

45%

35%

1 de septiembre de 2011

100%

90%

75%

45%

35%

 

En la misma línea, el Banco Central de Reserva del Perú (BCRP) aprobó el 14 de septiembre de 2010, elevar el límite operativo de inversión en el exterior de las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones de 28 a 30 por ciento, con el objetivo de que estas instituciones puedan continuar diversificando su cartera de inversiones. Dicho incremento representa aproximadamente USD 500 millones adicionales que las AFP podrán invertir en los mercados internacionales.

Al 3 de septiembre las AFP de Perú tenían invertido en el exterior alrededor de 26,1 por ciento de los fondos de pensiones. El último incremento se realizó el 15 de julio de 2010, cuando se pasó de un límite operativo de 26 a 28 por ciento. De este modo, el límite operativo se iguala al límite legal de 30 por ciento establecido por el Congreso de la República.

Desde noviembre de 2006 el BCRP ha venido incrementado gradualmente el límite operativo para las inversiones en el exterior, pasando de 10,5 por ciento en esa fecha hasta el límite actual de 30 por ciento, el cual entrará en vigencia a partir del día de la publicación de la Circular N° 030-2010-BCRP en el diario oficial El Peruano.