Argentina

Aportes voluntarios a AFJP, sin opción

Fuente: http://mx.news.yahoo.com
Fecha: 12 de diciembre de 2009

Los ex afiliados a las Administradoras de Fondos de Jubilaciones y Pensiones (AFJP) que habían hecho aportes voluntarios no tienen aún una definición respecto de si podrán optar por una institución que no sea la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) para confiarle los ahorros que hayan acumulado en esa cuenta especial. Pero, en principio, trascendió que ninguna empresa se habría presentado hasta el 11 de diciembre de 2009 -día en que venció el plazo previsto- para iniciar el trámite y ser habilitada como una opción para esos aportantes.

La resolución 290, firmada en octubre de 2008 por el director ejecutivo de la ANSES, Diego Bossio, dispuso que quienes habían hecho esos aportes -unas 325.000 personas- tendrían tiempo hasta marzo próximo para manifestar su elección. Las alternativas allí previstas eran mantener los ahorros en la ANSES o transferirlos a una AFJP reconvertida. La norma dio un plazo de 30 días hábiles para las administradoras interesadas en participar "en las condiciones que fije este organismo".

Ese plazo de tiempo ya venció y, según fuentes del mercado, en ningún momento se especificó desde la ANSES cuáles serían esas condiciones para operar, "lo que no permitió evaluar una decisión".

Desde la ANSES no hubo precisiones respecto de si alguna AFJP se presentó en los últimos días. Tampoco hubo definición desde el Banco Nación; apenas conocida la resolución, desde ámbitos del Gobierno se había señalado que el banco reactivaría su administradora para gestionar aportes voluntarios, pero las autoridades de la entidad nunca confirmaron la versión.

Según datos de la ANSES, los 325.000 aportantes habían acumulado hasta fines del 2008 ARS 235 millones (aprox. MMUSD 68). La gran mayoría de las cuentas tiene saldos reducidos.

Los valores de los que parte la ANSES son los correspondientes a la valuación que tenía el fondo capitalizado (invertido en diferentes activos financieros) cuando desaparecieron las AFJP. Como fue uno de los momentos más críticos para los mercados, el valor estaba deprimido. Pero no habrá una actualización según el fuerte repunte que tuvieron luego los mercados, sino que las sumas se ajustarán en función del índice de movilidad de haberes: este año, las alzas fueron del 7,34% en marzo y del 11,69% en septiembre. El índice se seguirá aplicando hasta que la persona se jubile.

La eventual opción entre la ANSES o una AFJP determinaría el uso de diferentes fórmulas para calcular la prestación futura que se obtendría, como monto adicional a la jubilación o pensión de reparto.

En caso de estar en la ANSES (que es lo que ocurrirá en todos los casos si se confirma que no habrá opción), el beneficio que se cobrará se calculará de la siguiente forma: el saldo actualizado se dividirá por 120 y del resultado obtenido se calculará el 1,5%. El número resultante se multiplicará por la cantidad de años aportados.

Nota: Para convertir las cifras a dólares en esta nota se ha utilizado el valor del tipo de cambio al cierre del mes de diciembre 2008 (1US$ = ARS 3,4454). Fuente: www.oanda.com