Retiro Programado y Renta Vitalicia son Modalidades Complementarias |
Serie de Estudios N° 65 - Asociación de AFP de Chile
Más de 1 millón de afiliados a las AFP se pensionarán por vejez a la edad legal o anticipada de aquí a 10 años, para lo cual necesitarán conocer bien las posibilidades que tendrían acceso.
Elegir una modalidad de pensión tiene sus exigencias. Hay que considerar un conjunto de variables, tales como: monto del ahorro acumulado; existencia o no de cónyuge y su edad; integrantes del grupo familiar como potenciales beneficiarios de pensión de sobrevivencia; estado de salud del afiliado; existencia o no de otros ingresos o patrimonio, entre otros.
Las modalidades de pensión
Retiro Programado: En esta modalidad el afiliado obtiene el pago de pensión con cargo al saldo de su cuenta de ahorro y capitalización individual. Los ahorros continúan bajo la gestión de la AFP, la cual es responsable de seguir invirtiendo el dinero, con lo cual la personas se puede seguir beneficiando de la rentabilidad del Fondo.
Renta Vitalicia Inmediata: Es la modalidad de pensión que contrata el afiliado con una Compañía de Seguros de Vida. Se suscribe un contrato irrevocable entre las partes, por el cual el afiliado transfiere los fondos de su cuenta individual a la compañía aseguradora, la que se obliga a pagar al trabajador una renta mensual fija de por vida expresada en U.F. y pensiones de sobrevivencia a los beneficiarios, según corresponda.
Renta Vitalicia con Retiro Programado: Las personas podrán acceder a pensiones que consideren simultáneamente una Renta Vitalicia Inmediata y un Retiro Programado, ya que la ley permite combinar ambas modalidades, que hasta el año 2002 existían en forma separada. La pensión final equivaldrá a la suma de los montos de cada una de ellas.