Ucrania, País que en el 2003 Inició Reformas a su Sistema de Pensiones, será Sede para la Próxima Asamblea y Seminario de la FIAP |
El Seminario, a realizarse los días 27 y 28 de mayo en Kiev, contará con el patrocinio del Banco Arcada.
El 07 de agosto de 2003, el Presidente de Ucrania, Leonid Kuchma, firmó dos leyes de pensiones, la "Ley del Sistema de Pensiones no Estatal" y la "Ley del Seguro de Pensiones Estatal Obligatorio", las cuales habían sido aprobadas por el Parlamento el 10 de julio de 2003.
Estas leyes introducen un sistema revisado, obligatorio y estatal de pensiones, a contar del 01 de enero de 2004, y establecen el marco para la operación de pensiones voluntarias, complementarias y privadas.
De esta forma, se establece la base legal para la aplicación del sistema de pensiones de tres pilares:
%b%Primer Pilar:%b% Sistema Solidario de Seguro Estatal Obligatorio (reparto) basado sobre los principios de solidaridad, pago de pensiones y prestación de servicios sociales por el Estado mediante su organismo competente, el Fondo de Pensiones de Ucrania, de conformidad con las disposiciones de la Ley.
%b%Segundo Pilar%b%: Sistema de Capitalización de Seguro Estatal Obligatorio, basado sobre los principios de acumulación de los recursos de las personas aseguradas en el Fondo de Capitalización (Estatal) y el financiamiento de los contratos de renta vitalicia y otros beneficios pagados una vez, de conformidad con las disposiciones de la Ley.
Las cotizaciones al Fondo de Capitalización serán obligatorias a partir del 2007. Los recursos acumulados en las cuentas personales del Fondo de Capitalización, serán administrados por el Fondo de Pensiones de Ucrania. A partir del 2018, los afiliados tendrán derecho a traspasar sus recursos en las cuentas individuales a los Fondos de Pensiones no Estatales.
%b%Tercer Pilar%b%: es el Sistema de Pensiones No Estatal, basado sobre los principios de afiliación voluntaria de los ciudadanos, empleadores o sociedades formadas por los mismos, con el objeto de acumular recursos necesarios para asegurar el pago de pensiones a los ciudadanos, de conformidad con las disposiciones de la Ley del Sistema de Pensiones No Estatal.
De esta forma, el primer y el segundo pilar, constituyen sistemas de pensiones estatales obligatorios. Asimismo, el segundo y tercer pilar, corresponden a sistemas de capitalización.
En Ucrania, existe una experiencia positiva de la apertura de cuentas de pensiones individuales en empresas no Estatales. A partir de 1999, el Banco Arcada realiza el programa de pensiones no Estatal para la población. Hoy en día, Ucrania ya está obteniendo resultados positivos de la aplicación de este programa.
Guiándose por la firme intención de seguir desarrollando el sistema nacional de pensiones, el Banco Arcada promovió la iniciativa de llevar a cabo la VIII Asamblea Anual de la FIAP, prevista para el 26 de mayo del 2004, en Kiev. Además, bajo el marco de este evento, la FIAP está organizando el Seminario "La Reforma de Pensiones en Europa del Este: Experiencias y Perspectivas", cuyos participantes podrán intercambiar experiencias relacionadas con el funcionamiento de los Fondos de Pensiones no Estatales y determinar las principales tendencias de desarrollo de los sistemas de pensiones en sus respectivos países.
La realización de la Asamblea y el Seminario en Ucrania tienen una gran importancia para dicho país, que tiende a desarrollar y perfeccionar su sistema previsional.