23 abril, 2025
Con el inicio del nuevo siglo, la seguridad social chilena inició una serie de reformas entre cuyos componentes se consideraba la inclusión de los usuarios de los diversos regímenes, de forma más o menos directa, en la administración de los mismos, rememorando la composición bipartita o tripartita existente en el antiguo sistema de Cajas de Previsión. La primera de esas reformas fue el seguro de cesantía que incluye una comisión compuestas por representantes de los trabajadores y empleadores (CUSC), la cual fue replicada para el sistema de pensiones, por la ley N° 20.255 (CUSP), a la cual se agrega una segunda institución destinada a otorgar asesoría a la autoridad: el Consejo Consultivo Previsional (CCP). Finalmente, en los primeros años de la segunda década del siglo, como parte de los esfuerzos modernizadores desplegados en el sector de la salud laboral, se crea su propio organismo de participación: el Consejo Consultivo para la Seguridad y Salud en el Trabajo (CCSST).
En este estudio se presenta una recopilación de las propuestas realizadas por estas cuatro entidades participativas de la Seguridad Social chilena, así como su seguimiento en el tiempo, buscando relacionar tales informes con las políticas públicas y cambios normativos producidos en cada régimen.
Dentro de las conclusiones se menciona que, en primer lugar, y de forma general, estas instituciones tienen problemas para presentar los informes en los plazos legales a los que están obligadas. Ello no debiese constituir un problema a su funcionamiento, pero se les debería relevar de la obligación legal de presentar los informes en fecha determinada, o de plano exigir su cumplimiento. En segundo lugar, el dinamismo en el ejercicio de su misión depende mucho de la existencia de reformas en curso de implementación, pero no de discusión. Es decir, destacan en la implementación de las reformas, proposición de correcciones y seguimiento de las mismas, pero su eficacia decae cuando las modificaciones de fondo del sistema entran al plano de la discusión política. Finalmente, el grado de recepción legislativa de las propuestas realizadas, aunque parcial, parece positivo: el descarte absoluto de las propuestas cuestionaría la utilidad de la instancia, mientras que la total adopción pondría en tela de juicio la utilidad del legislador.
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