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11 septiembre, 2018
Nota de Pensiones N° 28- “Migraciones y portabilidad de los ahorros pensionales” – Agosto 2018
Como consecuencia de conflictos bélicos, persecuciones religiosas o raciales y/o severas crisis económicas, un número creciente de personas está migrando a otros países. Frente a ello, es altamente deseable que los trabajadores migrantes y sus familias puedan contar con la protección y beneficios que contempla el sistema de seguridad social del país que los recibe, en condiciones semejantes a los habitantes y trabajadores locales.
A causa de dicho fenómeno, será cada vez más frecuente que trabajadores hayan cotizado para pensiones en más de un país. Por ello, resulta conveniente regular esta situación, de modo que no se pierdan las cotizaciones y que el trabajador pueda libremente escoger el país donde desea recibir su jubilación.
Para abordar la problemática de las pensiones de los trabajadores migrantes, FIAP plantea dos propuestas:
Establecer convenios bilaterales de traspaso de fondos previsionales cuando los trabajadores cambian de país de residencia, con todos los países que tienen sistemas de pensiones basados en la capitalización individual.
En el caso de países con los cuales no existan convenios de traspaso de los fondos previsionales y/o no tengan sistemas de pensiones de capitalización individual, a los trabajadores que cambien de país de residencia, debiera permitírseles retirar sus fondos previsionales.