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2 septiembre, 2020

Ecuador: El sistema de reparto obliga a los trabajadores que han cotizado relativamente poco a jubilarse por vejez desde los 70 años

La jubilación laboral es una etapa a la que llegan los trabajadores de dos maneras, una es a través de la vejez y cumpliendo las imposiciones necesarias y otra por invalidez.

En el primer caso es necesario que el afiliado cumpla con los requisitos de cese, edad y tiempo de aportes al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS). Esto quiere decir que si tiene 480 imposiciones o más, tendría 40 años de aportaciones, por lo que podría hacer los trámites de la jubilación ordinaria.

En caso que decida hacerlo por edad deberá tener como mínimo 60 años o más y como mínimo 360 imposiciones (30 años de aportaciones), en el caso que aplique a los 65 años o más serán 180 imposiciones (15 años de aportaciones) y si lo hace a los 70 años necesitará 120 imposiciones (10 años de aportaciones).

Lee la noticia completa en: El Universo

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2 septiembre, 2020

Ecuador: El sistema de reparto obliga a los trabajadores que han cotizado relativamente poco a jubilarse por vejez desde los 70 años

La jubilación laboral es una etapa a la que llegan los trabajadores de dos maneras, una es a través de la vejez y cumpliendo las imposiciones necesarias y otra por invalidez.

En el primer caso es necesario que el afiliado cumpla con los requisitos de cese, edad y tiempo de aportes al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS). Esto quiere decir que si tiene 480 imposiciones o más, tendría 40 años de aportaciones, por lo que podría hacer los trámites de la jubilación ordinaria.

En caso que decida hacerlo por edad deberá tener como mínimo 60 años o más y como mínimo 360 imposiciones (30 años de aportaciones), en el caso que aplique a los 65 años o más serán 180 imposiciones (15 años de aportaciones) y si lo hace a los 70 años necesitará 120 imposiciones (10 años de aportaciones).

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