14 junio, 2023
El día jueves 14 de abril de 2016 fue aprobado por insistencia por el Congreso de la República del Perú, un proyecto de ley que, entre otras medidas, autoriza a los afiliados del Sistema Privado de Pensiones (SPP) que cumplan 65 años o que se acojan al régimen especial de jubilación anticipada, a elegir entre percibir una pensión o retirar hasta el 95,5% de los fondos acumulados en su cuenta individual de capitalización (CIC).
La FIAP manifiesta su rechazo total a las medidas incluidas en este proyecto, pues, bajo el pretexto de beneficiar a los afiliados y pensionados, los perjudicarán irreversiblemente en sus derechos previsionales, desnaturalizando el objetivo del sistema de pensiones. Estas medidas pueden concederle mayor bienestar a corto plazo, permitiéndoles hacer uso de fondos previsionales para fines ajenos al financiamiento de las pensiones, pero a costa de reducir o perder el derecho a pensión y el apoyo del Estado en una etapa altamente vulnerable, como es la vejez. De esta manera, se expone a los pensionados a un alto riesgo de caer en la pobreza…
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