BOLETIN FIAP
Boletín FIAP
URUGUAY

 En el marco de la recientemente aprobada Ley de Fideicomiso, las AFAP se encuentran estudiando una propuesta de inversión en el sector de transporte colectivo de la cuidad de Montevideo impulsado por el gobierno departamental.
 
En diciembre de 2003, la Intendencia Municipal de Montevideo (I.M.M.) creó a través de un decreto el Fondo de Financiamiento del Transporte Colectivo Urbano de Montevideo, mediante un aporte por parte de las empresas transportistas de hasta 5% de la recaudación bruta por venta de boletos. El objeto del Fondo es la cancelación de pasivos financieros de las empresas de Transporte Colectivo que operan en Montevideo.
 
Las contribuciones son consideradas rentas municipales, por lo que son inembargables. En caso de que alguna empresa no abonara las contribuciones, la I.M.M. deducirá el importe adeudado más las multas y recargos que correspondan, de los montos que la Intendencia tenga que abonar a dicha empresa por concepto de subsidio de boletos, los cuales históricamente han representado el 10% de los ingresos brutos.
 

El proyecto en estudio implica la securitización del flujo de fondos de las contribuciones mensuales que deben realizar las empresas beneficiarias del Fondo, el cual será adquirido por un Fideicomiso. El Fideicomiso emitiría certificados de participación en Unidades Indexadas (U.I.) por un monto que se estima ascenderá al equivalente de entre 25 y 30 millones de dólares. El plazo será variable en función de la recaudación hasta alcanzar la tasa de interés pactada, pero se estima en alrededor de 8 años.

El 9 de marzo de 2004 se realizó el acto de lanzamiento del Fondo de Financiamiento y Recomposición de la Actividad Arrocera, con la presencia del Sr. Presidente de la República O. del Uruguay, Dr. Jorge Batlle, de los Ministros de Economía y Finanzas, Ec. Isaac Alfie y de Ganadería, Agricultura y Pesca, Ing. Martín Aguirrezabala. Acompañaron a las mencionadas autoridades el Presidente de República AFAP S.A., Cr. Juan Berchesi y autoridades del Banco Acac.
 
"Lo que el Uruguay ha hecho en este proceso de salida de la crisis es lo que lo ha prestigiado; y lo que está haciendo en materia industrial y de producción primaria es lo que lo ha prestigiado; ese es el camino para que el Uruguay vaya en la dirección correcta, en la dirección que debe de ir", dijo el Presidente Batlle acerca del Fondo de Financiamiento y Recomposición de la Actividad Arrocera (FFRAA).
 
La creación del Fondo de Financiamiento y Recomposición de la Actividad Arrocera (FFRAA) permite, mediante la utilización de los mecanismos financieros disponibles, obtener recursos frescos para atender el endeudamiento del sector y financiar la actividad.
 
Esta operación supone un apoyo relevante, debido a las expectativas de crecimiento que propone el mercado del arroz. Es una actividad que se orienta al mercado externo, con un perfil exportador como casi ningún producto en el país evidencia, llegando a compartir con la lana un porcentaje exportado del 95% de la producción.
 
En el marco de las dificultades financieras existentes, resulta conveniente capitalizar esa sostenida presencia exportadora del rubro, para obtener de allí los recursos que permitan aliviar el peso del endeudamiento, resolviendo el sobre endeudamiento de las unidades productivas.
 
La participación de los distintos productores, industriales y exportadores en el sistema, contemplará la responsabilidad individual de cada deudor respecto de sus obligaciones, así como la necesaria solidaridad pasiva del sistema, a los efectos de garantizar la recuperación de los recursos en los plazos acordados, sin afectar el potencial de crecimiento sectorial.
 
Este Fondo, destinado al fortalecimiento de la competitividad del sector, será abonado con recursos genuinos del propio sector, abriendo, al mismo tiempo, rentables y seguras oportunidades de colocación de recursos para inversores institucionales del país.
 
El destino del FFRAA es la cancelación de deudas de productores arroceros, originadas en la actividad productiva, con el Banco de la República Oriental del Uruguay (BROU) y con las empresas industrializadoras, siempre que éstas mantengan deudas con el BROU (Art. 1° de la Ley N° 17.663).
 
El beneficio central para los productores arroceros proviene de la aceptación por parte del BROU y del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), del pago de la deuda con títulos.
 
El Fondo es financiado con la retención del 5% del valor FOB del total de las exportaciones de arroz en cualquier grado de elaboración y sus derivados.
 

El Fondo de Financiamiento de la Actividad Arrocera maneja U$S35.000.000 provenientes de las Administradoras de Fondo de Ahorro Previsional (AFAP) y está destinado a atender el endeudamiento del sector y al financiamiento de la actividad productiva.